RESIDENCIA EN ESPAÑA POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR

Residencia en España por Reagrupación Familiar

La residencia por reagrupación familiar permite a ciudadanos argentinos que ya residen legalmente en España traer a sus familiares directos a vivir con ellos. Este derecho está regulado por la normativa española de extranjería y por directivas europeas, y representa una de las formas más comunes para que familias argentinas puedan reunirse en territorio español.

¿Quién puede solicitarla?

Podés solicitar la reagrupación familiar si:

  • Sos argentino y tenés permiso de residencia en España por al menos un año, y podés renovarlo por otro año más.

  • Contás con ingresos estables y una vivienda adecuada.

  • Querés reagrupar a:

    • Tu cónyuge o pareja registrada.

    • Tus hijos menores de edad o con discapacidad.

    • Tus padres o suegros mayores de 65 años (o menores, si hay razones humanitarias justificadas).

Familiares que podés reagrupar

  • Cónyuge o pareja de hecho registrada. No se pueden reagrupar dos parejas distintas ni convivir con más de una pareja legal al mismo tiempo.

  • Hijos menores de 18 años, o mayores con discapacidad a cargo.

  • Ascendientes (padres/madres) mayores de 65 años a cargo económico del reagrupante, o menores de esa edad si existen razones humanitarias (dependencia médica, convivencia previa, etc.).

📌 Si sos madre/padre soltero/a y querés reagrupar a tu hijo, necesitás la patria potestad exclusiva o autorización del otro progenitor.

Requisitos generales para los argentinos

  • Para el reagrupante (quien reside en España y pide traer a sus familiares):

    • Tener residencia legal y continua en España durante al menos un año.

    • Contar con vivienda adecuada: tenés que presentar un informe expedido por el ayuntamiento o comunidad autónoma.

    • Tener asistencia sanitaria (Seguridad Social o seguro médico privado).

    • No tener antecedentes penales ni prohibición de entrada a España.

    • No estar en situación irregular ni haber incumplido programas de retorno voluntario.

Documentación que tenés que presentar

Por parte del reagrupante (el residente en España):

  • Solicitud oficial.

  • Copia de pasaporte y NIE.

  • Prueba de ingresos (contrato de trabajo, IRPF, etc.).

  • Informe de vivienda adecuada.

  • Documentación sanitaria.

  • En caso de pareja, declaración jurada de que no hay otro cónyuge residiendo con él.

  • En caso de divorcio o segundas nupcias: resolución judicial del matrimonio anterior.

Por parte del reagrupado (el familiar en Argentina):

  • Copia del pasaporte.

  • Partida de nacimiento, matrimonio u otro vínculo.

  • Certificado médico.

  • Certificado de antecedentes penales (de Argentina y de los últimos países donde residió).

  • En el caso de menores: autorización del otro progenitor (si aplica).

Plazos del proceso

  • El gobierno español tiene 45 días para resolver la solicitud.

  • Si no hay respuesta, se considera denegada por silencio administrativo.

  • Si se aprueba, el familiar tiene 2 meses para solicitar el visado en el consulado español en Argentina.

  • Una vez obtenido el visado, tiene hasta 3 meses para ingresar a España.

  • Luego debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de 1 mes desde su llegada.

¿El familiar puede trabajar?

Sí. Si se trata de cónyuge, pareja o hijos en edad laboral, podrán trabajar por cuenta propia o ajena en cualquier parte de España, sin necesidad de otro trámite adicional.

La vigencia del permiso será la misma que la del reagrupante.

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